1. Alteraciones de al menos dos de las siguientes áreas cognitivas:
    1. Atención / concentración
    2. Lenguaje
    3. Gnosias
    4. Memoria
    5. Praxias
    6. Funciones visuospaciales
    7. Funciones ejecutivas
    8. Conducta
  2. Estas alteraciones deben ser:
    1. Adquiridas, con deterioro de las capacidades previas del paciente comprobado a través de un informador fiable o mediante evaluaciones sucesivas
    2. Objetivadas en la exploración neuropsicológica
    3. Persistentes durante semanas o meses y constatadas en el paciente con nivel de conciencia normal.
  3. Estas alteraciones son de intensidad suficiente como para interferir en las actividades habituales del sujeto, incluyendo las ocupacionales y sociales.
  4. Las alteraciones cursan sin trastorno del nivel de conciencia hasta fases terminales, aunque pueden ocurrir perturbaciones transitorias intercurrentes.

Robles A et al. Propuesta de criterios para el diagnóstico clínico del deterioro cognitivo ligero, la demencia y la enfermedad de Alzheimer. Neurología 2002; 17: 17-32.